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Se garantiza el pago de gastos funerarios con caso de fallecimiento en el cumplimiento de sus funciones a los elementos de seguridad pública

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Con  el objetivo de incluir como derechos de los integrantes de los cuerpos de seguridad pública, el pago de gastos funerarios con caso de fallecimiento en el cumplimiento de sus funciones, el pleno del Congreso del Estado aprobó la modificación al artículo 57 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí.

La propuesta, presentada por el diputado Marco Antonio Gama Basarte, señala que las y los elementos de seguridad pública del Estado en el cumplimiento de las tareas que les son encomendadas por la autoridad, se encuentran en un constante riesgo respecto de su integridad.

Se señala en el dictamen respectivo, que en los casos que se ha presentado la pérdida de la vida de algún elemento de seguridad, se hace el pago de los gasto funerarios por parte del Gobierno del Estado, ello como una medida administrativa, razón por lo que resulta pertinente que se adicione al catálogo de derechos de los integrantes de los cuerpos de seguridad.

Los beneficios de esta modificación resultan evidentes en términos del apoyo brindado a la familia al enfrentar una situación de este tipo, pero además de ello, en términos más amplios, esta propuesta tiene el efecto de fortalecer las instituciones civiles de seguridad, a través de una mejora tangible de las prestaciones sociales

Con ello, se beneficia la instauración de esquemas más completos, y es también una forma de reconocer la gravedad de los riesgos que los elementos de seguridad afrontan, al igual que la importancia de su labor.

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