La Prodecon solicitó al fisco que emita una regla de carácter general que amplíe el plazo para la presentación de la declaración anual tanto de personas morales como de personas físicas.
El Servicio de Administración Tributaria(SAT) agilizará la devolución de saldos a favor de impuestos que resulten de la Declaración Anual 2019 por la pandemia del coronavirus, informó la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
“Con motivo de la emergencia sanitaria y en apoyo a la economía de los contribuyentes, el SAT implementó mecanismos para devolver en un plazo de tres días los saldos a favor. Por lo que si el 1 de abril del 2020 los contribuyentes presentan su declaración anual normal o complementaria del ejercicio 2019, el saldo a favor autorizado les será depositado el 3 de abril del 2020”, detalló el ombudsman fiscal.
El año pasado, la autoridad fiscal se comprometió a devolver el saldo a favor en 10 días.
La Prodecon también informó que ha solicitado al fisco que emita una regla de carácter general que amplíe el plazo para la presentación de la declaración anual tanto de personas morales como de personas físicas.
Las personas morales tienen a más tardar el 31 de marzo para presentar dicha obligación fiscal, mientras que las personas físicas tienen hasta el 30 de abril.
“También se propuso otorgar la opción para que las personas morales paguen el impuesto que les resulte a cargo en la declaración anual hasta en seis parcialidades, sin necesidad de requerir autorización y sin la obligación de garantizar el interés fiscal, facilidad que actualmente se otorga en términos de la regla 2.14.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, exclusivamente a las personas físicas”, detalló.
Asimsmo, solicitó al SAT considerar otras medidas como ampliar el plazo para solicitar devoluciones de ISR; diferir la presentación de pagos provisionales, así como suspender los plazos para la interposición de medios de defensa.
El ombudsman fiscal también indicó que lanzó la campaña “Declara en tu casa”, en donde incentiva el uso de sus servicios vía remota -chat en línea, correo electrónico y teléfono- para disminuir la asistencia de los contribuyentes a las oficinas.