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CEDH logra la reparación del daño a persona con discapacidad que cayó en zanja en obra de Interapas

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San Luis Potosí

En respuesta a la Recomendación 09/2016 emitida por esta Comisión Estatal de Derechos Humanos el 27 de mayo del año en curso, y dirigida al Interapas en la que se pide la reparación del daño a favor de la víctima, el Organismo Intermunicipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento entregó este día un cheque al Señor Francisco Almendarez Pérez, persona con discapacidad visual y auditiva, quien cayó en una zanja por falta de señalética en obras realizadas en el centro de la ciudad.

En las instalaciones de la CEDH, se llevó a cabo la entrega del cheque, en representación del Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Lic. Jorge Vega Arroyo, estuvo presente el Lic. Alejandro García Alvarado Visitador Adjunto, y por Interapas el Lic. Francisco Rafael Rodriguez Aguilar abogado adscrito a la Dirección Jurídica del Organismo Intermunicipal, quien fue el encargado de realizar la entrega del documento que avala la reparación del daño.

Don Francisco agradeció a la Comisión Estatal de Derechos Humanos su intervención para el pago de los daños ocasionados a su persona por la omisión de la autoridad para la falta de señalética en obras que se realizan en la via pública, lo que es un apoyo, dijo a favor de las personas con algún tipo de discapacidad.

En la Recomendación en mención, se informa que la víctima, al caminar sobre la calle de Morelos esquina con Rayón, en la Zona Centro de esta Ciudad, con el bastón del que se auxilia para su desplazamiento, se percató que se encontraban una piedras en su trayecto, por lo que buscó esquivarlas; sin embargo al dar el siguiente paso cayó en una zanja que se encontraba en el lugar.

Este accidente le ocasionó lesiones en su muñeca derecha, así como en la rodilla izquierda, sus aparatos auxiliares auditivos se averiaron y el teléfono móvil que portaba quedó inservible.

Ante esta omisión la CEDH recomendó al Organismo Intermunicipal la reparación del daño ocasionado a la víctima; así como su inclusión en el Registro Estatal de Víctimas, que establece la Ley de Víctimas para el Estado de San Luis Potosí; colaboración con la Contraloría Interna del Organismo Intermunicipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, para que se inicie, integre y resuelva un procedimiento de investigación efectiva, relacionado con los hechos señalados en el presente en el documento.

Y como garantía de no repetición, tratándose de la construcción de obras que por su naturaleza permanezcan inconclusas por más de 24 horas, los encargados de la ejecución y supervisión de las mismas adopten medidas de prevención efectivas tendientes a evitar percances en agravio de las personas, con especial énfasis a evitar accidentes de personas con discapacidad.

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