Dentro de los proyectos prioritarios del Secretaría de Salud, que se implementan a través de la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, se encuentra el de “Agua de Contacto Primario en Albercas y Balnearios”, con la finalidad de prevenir y minimizar riesgos a la salud pública por enfermedades gastrointestinales, de la piel y otras, ocasionadas por ingestión, contacto e inhalación de microorganismos patógenos y sustancias químicas en el agua de esos y para lo cual es necesario llevar a cabo el control y vigilancia de las condiciones sanitarias de operación y mantenimiento de las instalaciones; así como el monitoreo sistematizado de parámetros fisicoquímicos y de microorganismos que determinan la calidad del agua.
La COEPRIS a través de la Coordinación de Protección Contra Riesgos Sanitarios Jurisdiccionales ha implementado la vigilancia sanitaria mediante las verificaciones y muestreos bacteriológicos en albercas y balnearios, acatándose a lo señalado en la Norma Oficial Mexicana NOM-245-SSA1-2010, Requisitos sanitarios y calidad del agua que deben cumplir las albercas; así como de ciertos puntos que son indispensables para el buen funcionamiento de la misma (reglamento, instalaciones adecuadas, revisión, mantenimiento y limpieza constante a las albercas, procedimiento de contingencia en caso de situación insalubre). Esta norma es aplicable a todas las albercas de centros vacacionales, clubes deportivos, balnearios, centros de enseñanza, hoteles, moteles, desarrollos turísticos, parques acuáticos o cualquiera que preste un servicio público.
La supervisiones se realizan tanto a establecimientos privados como aquellos que ofrecen servicio público, a fin de evitar que los potosinos que acuden a dichos centros de esparcimientos, no se vean afectados en su salud; a la fecha, se tienen registradas en todo el estado un total de 120 albercas de las cuales, el 90 por ciento son privadas, comentó el Comisionado de la COEPRIS, Dr. Carlos Aguilar Acosta.
En relación a las actividades no regulatorias impartidas por COEPRIS durante el mes de abril previo a periodo vacacional, se llevaron a cabo 4 platicas referente a requisitos sanitarios y calidad del agua que deben cumplir las albercas; así como de ciertos puntos que son indispensables para el buen funcionamiento de la misma (reglamento, instalaciones adecuadas, revisión, mantenimiento y limpieza constante a las albercas con sedes regionales en: Tamazunchale, Cd. Valles, Rioverde y Ciudad Capital dirigidas a responsables y operadores, encargados de mantenimiento, operación de albercas y personal verificador sanitario, con un total de 115 asistentes de 20 municipios de la entidad.
Entre los aspectos que se supervisan durante las vistas sanitarias se encuentran: la realización de los procedimientos de operación, limpieza y mantenimiento de las albercas, revisión de las bitácoras de limpieza, muestreo del agua para su análisis bacteriológico, el centro acuático debe contar con baños y regaderas, se revisan los filtros, se supervisa que paredes y pisos de la misma se encuentren libres de moho, la renovación mínima diaria del agua debe ser de un 5 por ciento, la alberca debe tener circulación de agua durante su operación y finalmente se debe contar con un reglamento de seguridad además de prohibir la entrada de mascotas a la misma.
Finalmente Aguilar Acosta, mencionó que dentro de estás supervisiones, en el presente año, en el periodo pre vacacional y vacacional se han llevado a cabo: 62 verificaciones sanitarias en albercas y 61 muestreos en albercas para estudio bacteriológico para obtener resultados de la calidad de agua de contacto; encontrando que los establecimientos no han presentado riesgos que ameriten suspensión, y en algunas casos se han indicado correcciones menores que son regularizadas casi en lo inmediato o bien se le otorga un plazo de remediación.