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El IFSE aclara que la sentencia del Tribunal Electoral no anula la inhabilitación de Marcelino Rivera Hernández.

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El titular del Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE), Rodrigo Lecourtois López, aclaró que la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) no afecta el proceso de inhabilitación contra Marcelino Rivera Hernández, ya que dicho tribunal no tiene facultades para abordar este tipo de casos.

Lecourtois explicó que la inhabilitación de Rivera Hernández sigue vigente, respaldada por dos sentencias de juzgados federales y un recurso de revocación presentado por el propio IFSE. Según la normatividad aplicable al procedimiento fiscal del 2012, una vez notificado el funcionario, la inhabilitación entra en vigor, y al ser de interés público, no puede suspenderse, según la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Rivera Hernández ha intentado frenar su inhabilitación mediante un recurso de revocación presentado al IFSE y dos amparos ante el Juzgado Cuarto de Distrito, solicitando la suspensión de la sanción. No obstante, tanto el IFSE como los juzgados que atendieron los amparos han negado la suspensión, basándose en la jurisprudencia de la SCJN.

La reciente sentencia del TEESLP se centró exclusivamente en la decisión del Congreso del Estado de no tomar protesta a Marcelino Rivera Hernández, pero no abordó ni influyó en el proceso administrativo de inhabilitación.

“Mi resolución no ha sido modificada, nulificada ni suspendida por ninguna autoridad competente. La sentencia del Tribunal Electoral permite que Rivera Hernández pueda ejercer el cargo mientras no haya una resolución definitiva, pero mi decisión no fue parte de ese juicio; mi resolución sigue firme”, afirmó Lecourtois López.

Esta situación deja al Congreso del Estado en una posición compleja, ya que debe cumplir con resoluciones contradictorias: la del TEESLP, que ordena tomar protesta a Marcelino Rivera Hernández, y la del IFSE, respaldada por dos sentencias de amparo, que mantiene la inhabilitación del exfuncionario.

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