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EL TRAPICHE “FOBAPROA EL SAQUEO CONTINUA EN SLP EN 2020 “Por el Lic. Luis Fernando Leal Beltrán

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EL TRAPICHE

Por el Lic. Luis Fernando Leal Beltrán

“FOBAPROA EL SAQUEO CONTINUA EN SLP EN 2020”

 

Para ser más precisos les diré que esta asunto lo sé y me consta porque en forma directa fui afectado por quienes aún en esta fecha con la complicidad de los tribunales del estado de SLP y Federales de pretenden y se están apropiado de bienes inmuebles de particular y a nombre de una empresa fantasma denominada “CORPORATIVO JURIDICO INMOBILIARIO MEXICO, S.A. DE C.V.,” la cual manejan dos personal originarias de Cancún Quintana Roo la cual manejan dos sujetos de nombres ADOLFO MATEOS DE BUSTAMANTE Y JAVIER CASTILLO GARCIA comenzare por decirles que en el año 2000  se interpone el juicio Expediente: 651/2000.- Manuel González Carrillo en representación de un Banco en contra Unicrer quien estaba siendo administrada  ya por el Servicio De Administración Tributaria (SAT)  juicio que ahorita conoce el Juzgado 4º mercantil de la ciudad de san Luis potosí, mediante este juicio se embargan a la fecha  bienes por más de 150 millones actuales en el estado de san Luis potosí el juicio se resuelve en el año 2002 y se

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en él se consta que entre la última actuación documentada impulsada por la parte demándate del juicio con el objeto de dar impulso al mismo es decir efectuar actos de requerimiento cobro señalamiento de bienes etc, es decir de la fecha 16 de Enero del 2002 al 14 de octubre de 2009 que el juicio se sacó del archivo y se volvió a tramitar mediaron  transcurridos 7 años y 8 meses 30 días por los cuales ya había operado legalmente la prescripción de la ejecución de la sentencia del juicio.

en el año 2009 el expediente sale del archivo y se ejecuta una compra de la cartera  bancaria y asume como nuevo acreedor en sustitución del banco LICENCIADO ADOLFO MATEOS DE BUSTAMANTE, en su carácter de Administrador Unico de la Empresa CORPORATIVO JURIDICO INMOBILIARIO MEXICO, S.A. DE C.V., quien realiza varios señalamientos de embargo y comienza a adjudicarse propiedades  que fueron embargadas por UNICREER y que se encontraban bajo jurisdicción del SAE como administrador en sustitución (sin que nadie hiciera nada al respecto)

el 22 de octubre de 2014 el SAE declara extinto a UNICREER para todos los efectos legales que pudieran operar en su contra sin finiquitar el juicio de referencia

“el Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Administración de Empresas y Concursos Mercantiles del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, mediante el cual da cumplimiento al requerimiento formulado en proveído de diecinueve de septiembre de dos mil dieciocho, y al efecto manifiesta que derivado de la declaración de terminación del procedimiento de concurso mercantil por extinción de activo de la Unión de Crédito Regional, sociedad anónima de capital variable, el veintiuno de octubre de dos mil catorce se celebró la Asamblea General de Accionistas en la que se aprobó el balance final de liquidación de sociedad y el cuatro de junio de dos mil quince, se obtuvo la baja del Registro Federal de Contribuyentes por liquidación total e activo ante el Servicio de Administración Tributaria.”

en de abril de 2015 cuando ya estába extinto legamente ADOLFO MATEOS DE BUSTAMANTE señalo nuevos bienes de UNICREER basando se únicamente en información que sacaron del Registro Público de la Propiedad  de San Luis Potosí, en forma indebida y el Juez Cuarto Mercantil de SLP le autorizo el embargo el 7 de Mayo del 2015 por señalamiento simple y genérico de bienes y que incluye bienes de mi propiedad NO de UNICREER, ADOLFO MATEOS DE BUSTAMANTE en su carácter de Administrador Unico de la Empresa CORPORATIVO JURIDICO INMOBILIARIO MEXICO, S.A. DE C.V., señala dentro del juicio 651/2000 y se adjudica nuevos bienes los cuales comienza a recuperar con órdenes judiciales del Juzgado Cuarto Mercantil los cuales se adjudica entre los que afecta bienes en el Fraccionamiento AltaVista  de Ciudad Valles consistentes en alrededor de cuarenta lotes con un valor real cada uno de $350.000.00 pesos los cuales se adjudica por un valor asignado de 30.000.00 pesos cada uno

 

domicilio cierto en san Luis potosí  nunca lo ha tenido CORPORATIVO JURÍDICO INMOBILIARIO MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, ni sus representantes ADOLFO MATEOS DE BUSTAMANTE Y JAVIER CASTILLO GARCIA ya que de acuerdo a las razones actuariales de fecha seis de mayo y cuatro de julio de dos mil trece, que obran en el expediente

a resulta de lo anterior fui afectado en  mi derecho  de propiedad al despojarme de 6 lotes en el citado fraccionamiento además  incurrieron  en violaciones graves al debido proceso pues van desde la irregular aprobación del requerimiento señalamiento de bienes de mi propiedad sin el cerciora miento real de que la parte demandada estuviere en disfrute y goce de los mismos lo que entraña una violación  grave de los procedimientos ante los tribunales en este caso en mi perjuicio de quien escribe y de muchos Mexicanos que pagaron el quebranto de UNICREER, así como el hecho ser que esta juicio ya estaba prescrito para su ejecución y se sigue tramitando aun que la demandada legalmente despareció desde el 2015

Ordenándose además  en 2018 un desalojo ilegal ya que  como consta  de los autos del  juicio el requerimiento no fue llevado acabo como se ordenó por el  juez cuarto mercantil si no que para ejecutar el mandamiento  FUE LIGERAMENTE MODIFICADO al recibirlo apara su ejecución POR EL JUEZ  PRIMERO CIVIL DE CIUDAD VALLES QUIEN VACACIONO LOS TRES DÍAS  del desalojo y aun así es un requerimiento que no me fue propio sino al deudor UNICREER que no es el suscrito, deudor que no estaba en posesión y disfrute de las propiedades señaladas lo que fue pasando por alto motivo por el cual mañosamente modificaron el acuerdo de ejecución en el juzgado ejecutor de la sentencia en ciudad Valles

 

En lo anterior  recurrí ante la instancia federal en el Juzgado 5º de distrito se resolvió en favor de los ejecutantes  de decir de  ADOLFO MATEOS DE BUSTAMANTE Y JAVIER CASTILLO GARCIA en lo anterior se tramito bajo el revisión número 488/2019 por el Primero Tribunal Colegiado del noveno Circuito una inconformidad y quienes desoyendo los argumentos del suscrito las pruebas del sumario y pasando por alto los bastos criterios de los tribunales mediante los cuales basta con acreditar la posesión  simple publica pacífica y de buena fe de un bien para acceder a la administración de la justicia en cuanto le involucre y le puedan ser menoscabados sus derechos que además es tan debidamente protegido por los numerales 14, 16 y 17 de nuestra Carta Magna que nos deben permitir un acceso a la justicia con las garantías suficientes que nos concedan la legalidad y seguridad jurídicas en lo anterior es que el tribunal revisor simplemente confirmo la sentencia con sobreseer el asunto causando que el suscrito pierda su posecion y legitima propiedad y desoyendo las particularidades del caso donde además de actos indebidos y simulados dentro de un juicio caducado y viciado mediante el cual LICENCIADO ADOLFO MATEOS DE BUSTAMANTE, en su carácter de Administrador Unico de la Empresa CORPORATIVO JURIDICO INMOBILIARIO MEXICO, S.A. DE C.V., parte actora en el presente juicio, quien se identifica con Pasaporte Mexicano No. G23390847. Por vías del  Expediente: 651/2000.- promovido por  Manuel González Carrillo, en contra del  Servicio De Administración Tributaria (SAT) VS Unicrer En la Ciudad de San Luis Potosí se han venido adjudicado bines que fueron pagados por el FOBAPROA con dinero de los Mexicanos en un juicio que se ha segundo en contra de un inexistente desde el año 2015 y que además se encuentra debidamente rescrita su ejecución dentro del expediente 651/2000 ante el responsable Juez Cuarto de lo Mercantil de la ciudad de San Luis Potosí,.

 

En lo anterior para la autoridad judicial optar por indebido e ilegal sobreseimiento del asunto por causales de mi supuesta falta de personalidad ( misma que está justificada y tutelada y demostradas por mi propiedad mediante documento cierto y la posesión acreditada mediante las pruebas testimoniales) le impide entrara AL ASUNTO Y CON LO CUAL LO QUE PRETENDE ES JUSTIFICAR SU FALTA DE ANÁLISIS DEL FONDO QUE LLEVARÍA A VENTILAR LA ILEGALIDAD DE UN JUICIO POR EL QUE SE ESTÁN APROPIANDO BIENES PAGADOS CON EL DINERO DE LOS MEXICANOS lo que le resulta un hecho notorio y que entraña en cubrir el más grande he historio fraude cometido a los mexicanos y que se sigue cometiendo sobreseimiento que además adolece de legalidad lo que es prejuiciosos para todos los mexicanos  que merecemos un sistema de justicia cuya imparcialidad y objetividad sea divinamente probada lo aquí argumentado como base de la queja está documentado en ambos sumarios de los juicios referido.

Ante este largo y Verídico relato sustentado en pruebas por lo que  podrán ver el nivel de corrupción en el estado y el país y la forma como se involucra a las autoridades judiciales que deberán darnos seguridad jurídica

LA ÚLTIMA PALABRA ES DE USTED

 

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