Esteban Espinoza / SLP
El presidente del PRD en San Luis Potosí, José Luis Fernández Martínez, reconoció la decisión tomada hoy por los magistrados del Tribunal Electoral del Estado, quienes revocaron la sentencia que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) había instaurado por el uso de la palabra “gallardía” como supuesta promoción personalizada de campaña electoral.
“Esperamos que esta determinación de la máxima autoridad electoral sea un llamado de atención para algunos consejeros electorales que en su momento no entendieron su función, y actuaron bajo consigna y con intereses políticos para dañar la imagen de autoridades que no son de su agrado, como fue el caso del consejero Martín Faz Mora, quien incluso fue grabado faltando a la ética que debe tener todo consejero”, comentó Fernández Martínez.
El dirigente perredista manifestó lo anterior luego de que los magistrados determinaron que los consejeros del órgano electoral no configuraron la “promoción personalizada”, señalando que no se acredito la evidencia de ello. Además, explicaron que en el fallo no se materializó el elemento personal de la acusación, puesto que la palabra gallardía fue utilizada en su momento por diversos candidatos, y no solo por uno.
También, especificó el Tribunal, no se acreditó el “elemento material”, ya que no se está ahora en San Luis Potosí frente a un proceso electoral.
Con esta decisión de la máxima autoridad electoral en el estado, quedó invalidado el proceso sancionador que el organismo electoral había instaurado contra el alcalde, y del cual se iba a hacer cargo la Auditoría Superior del Estado (ASE). En ese sentido, los magistrados determinaron declarar “infundado el procedimiento sancionador”.
De igual manera, queda sin efecto la orden que había dictado el CEEPAC para que la Contraloría Interna del municipio rindiera informe de utilización de recursos públicos en cuanto a propaganda.
La decisión, tomada de manera unánime por los consejeros —dijo Fernández Martínez— coincide con otras posturas tomadas por el Instituto Nacional Electoral (INE), que también desestimó dichos señalamientos por carecer de sustento jurídico, esto en hechos similares dados a conocer en agosto del 2016, en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez.
Recordó el presidente del PRD que a mediados del año pasado hubo mucha controversia y ataques muy duros contra el Ayuntamiento de la Capital y contra el propio partido, cuando se esgrimió en defensa lo mismo que ahora la autoridad en justicia electoral ha también reconocido en las personas de los magistrados Oskar Kalixto Sánchez, Rigoberto Garza de Lira, José Pedro Muñiz Tobías
Este veredicto del Tribunal fue tomado luego de que el presidente municipal Ricardo Gallardo Juárez interpusiera el Recurso de Revisión TESLP/RR/02/2017, contra el citado CEEPAC, impugnando de esta instancia la resolución del 6 de enero del 2017, dentro del expediente PSO-08/2016 y sus acumulados PSO-09/2016 y PSO-10/2016.