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Se aprobó, con 20 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, reformar el artículo 32 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí

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San Luis Potosí

En sesión ordinaria el pleno del Poder Legislativo aprobó, con 20 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, reformar el artículo 32 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de derogar la limitante de edad (mayor a 30 años) que se contemplaba como requisito para el acceso al cargo en la titularidad de la presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).

Con esta reforma se asegura la posibilidad para que las ciudadanas y los ciudadanos participen en la dirección de los asuntos públicos, así como el acceso, en condiciones generales de igualdad a las funciones públicas de nuestro Estado, en armonía con lo prescrito por el artículo 1° del Pacto Federal y numerales 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Y es que resultaba innecesario fijar un límite de edad, para aspirar a la presidencia de la CEDH, cuando la ley exige ya como uno de sus requisitos el de: “Poseer una trayectoria importante con conocimientos y experiencia en materia de Derechos Humanos”, lo que sólo se alcanza a través de años de estudio, práctica y ejercicio, en las áreas de fomento, divulgación, observancia, protección y respeto de los derechos humanos; señala el dictamen aprobado.

Con esta reforma se deroga del artículo 32 de la ley mencionada la fracción II que establecía que la persona titular de la presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos debería reunir para su designación el requisito de ser mayor de treinta años de edad al día de su designación.

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