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Tribunal Electoral del Estado ordena cumplimiento de sentencia en caso del regidor Salvador López Aguilar.

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  • Si no se realiza toma de protesta en el tiempo estipulado por la autoridad, todos los integrantes del Cabildo de Rioverde entraran en desacato y se establecerá por la autoridad los apercibimientos, que van desde multas económicas, hasta inhabilitación.

Esteban Espinoza / Rioverde SLP

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí resolvió que no procede la solicitud de aclaración de sentencia presentada por el alcalde de Rioverde, Arnulfo Urbiola Román, en relación con la toma de protesta del regidor electo de Movimiento Ciudadano, Salvador López Aguilar.

La resolución, emitida durante la sesión del Tribunal y presentada por la magistrada Denise Adriana Porras Guerrero, destacó que los argumentos del alcalde no evidencian ambigüedades o irregularidades en la sentencia previa, sino que buscan modificar la forma en que debe cumplirse. Ante esto, el Tribunal reiteró que la sentencia del pasado 14 de noviembre es clara en su contenido y efectos, y no requiere aclaraciones adicionales.

Además, el Tribunal percibió al Ayuntamiento de Rioverde y a cada uno de sus integrantes para que den cumplimiento a la sentencia en el plazo establecido. En caso contrario, advirtió la imposición de medidas de apremio contempladas en el artículo 40 de la Ley de Justicia Electoral del Estado.

La votación del acuerdo fue unánime, con el respaldo de las magistradas y magistrados del Tribunal. Este fallo subraya la obligación de las autoridades municipales de acatar las resoluciones judiciales y garantizar el ejercicio pleno de los derechos político-electorales del regidor electo.

La resolución se convierte en un precedente que refuerza la autonomía y obligatoriedad de las decisiones emitidas por las instancias judiciales electorales en el estado.

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