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EL SISTEMA ESTATAL DE PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA Y DELIBERATIVA DE SAN LUIS POTOSÍ SE DEBERÁ OBSERVAR QUE SU INTEGRACIÓN SEA IGUALITARIA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

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COMISIÓN DE HACIENDA DEL ESTADO APROBÓ REFORMAS A LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSÍ: DIP. ROBERTO ULISES MENDOZA PADRÓN

En reunión de la Comisión de Hacienda del Estado, se aprobó el dictamen por el que se adiciona último párrafo al artículo 7° de la Ley de Planeación del Estado y Municipios de San Luis Potosí, con el fin de que en la integración del Sistema Estatal de Planeación Democrática y Deliberativa de San Luis Potosí se deberá observar que su integración sea igualitaria con perspectiva de género.

El diputado Roberto Ulises Mendoza Padrón, presidente de la Comisión de Hacienda del Estado, señaló que la Ley contempla un Sistema Estatal de Planeación Democrática y Deliberativa, donde participan tanto autoridades estatales y municipales como el sector privado para concertar el proceso de planeación en el estado, por lo cual se hace pertinente que su integración sea apegada a los lineamientos de la perspectiva de género.

Se indica en la misma Ley de Planeación del Estado y Municipios de San Luis Potosí que tiene por objeto constituir el Sistema Estatal de Planeación Democrática y Deliberativa; así como la determinación de las bases y principios de la planeación en las administraciones públicas tanto del Estado y Municipios.

Además, coordinar la participación no solo de las autoridades sino del sector social y privados que conformen el sistema, y el establecimiento de las bases y mecanismos que promuevan la participación democrática

Boletín Informativo

Comisión de Hacienda del Estado

Martes 24 de mayo de 2022

e igualitaria de las mujeres y hombres del estado, para la elaboración del Plan y Programas que la ley refiere.

En la reunión, se acordó también desechar la iniciativa que propone adicionar al artículo 67 en su fracción II dos párrafos de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí, que proponía establecer diferenciación en el tipo de cobro por los permisos a los establecimientos comerciales para que vendan bebidas que contengan alcohol etílico, al resultar improcedente.

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